Regulación

BCRA actualiza normas de garantías e incorpora bienes no fungibles

El Banco Central de la República Argentina publicó en el Boletín Oficial la Comunicación 'A' 8447/2026, que modifica el marco de garantías para entidades financieras. Incorpora disposiciones sobre warrants de bienes no fungibles con liquidez de mercado emitidos por warranteras registradas y actualiza porcentajes de valuación de warrants sobre mercaderías. La norma fortalece el esquema regulatorio financiero.

16 de junio de 2026
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**BCRA actualiza normas de garantías e incorpora bienes no fungibles**

El **BCRA** publicó la Comunicación ‘A’ 8447/2026 en el Boletín Oficial. La norma modifica el marco de garantías para entidades financieras, incorpora warrants sobre bienes no fungibles con liquidez de mercado emitidos por warranteras registradas y actualiza los porcentajes de valuación. La medida fortalece el esquema regulatorio financiero.

El Banco Central de la República Argentina adoptó esta resolución el 11 de junio de 2026. La comunicación introduce precisiones concretas en el capítulo de garantías del manual de normas.

Se incorpora el punto 1.2.12 que habilita **warrants sobre bienes no fungibles**. Estos deben contar con suficiente liquidez de mercado para su realización sin afectar valores de referencia.

Los warrants deberán ser emitidos por personas jurídicas inscriptas en el Registro de Warranteras. De esta manera se amplía el tipo de activos admisibles como garantía.

La norma también sustituye el punto 3.1.7 sobre valuación. Establece el **80%** del valor de mercado para warrants sobre mercaderías del punto 1.1.7.

Para los warrants del nuevo punto 1.2.12 se fija el **50%** del valor de mercado. Estos porcentajes buscan reflejar el riesgo diferencial de cada tipo de bien.

Con estas adecuaciones, el **BCRA** actualiza un marco regulatorio que busca mayor precisión y seguridad en las operaciones de las entidades financieras.

La disposición se publica en el **Boletín Oficial** con fecha de hoy y su aplicación rige desde el 11 de junio de 2026. Incluye hoja de reemplazo en el texto ordenado disponible en el sitio del BCRA.

**En Mar del Plata**, las sucursales bancarias locales deberán adecuar sus procedimientos internos ante esta comunicación. El sector financiero de la ciudad sigue de cerca las actualizaciones del BCRA.

Productores y comerciantes de la región, que habitualmente operan con financiamiento garantizado, contarán con un catálogo más amplio de activos admisibles. Esto resulta relevante para la actividad económica local.

La rambla y el área portuaria concentran buena parte del dinamismo comercial de Mar del Plata. Un sistema de garantías modernizado puede facilitar el acceso al crédito en estos sectores.

Las entidades financieras con presencia en nuestra ciudad ya comenzaron a analizar el impacto operativo de la norma. Se espera un período de adaptación en los sistemas de riesgo crediticio.

Desde el punto de vista regulatorio, la incorporación de **bienes no fungibles** con liquidez representa una evolución gradual del esquema de garantías. No modifica la estructura general pero sí amplía sus alcances.

Especialistas coinciden en que medidas de este tipo contribuyen a alinear la regulación con las prácticas de mercado actuales. El BCRA mantiene su rol de actualización permanente del marco prudencial.

En Mar del Plata, donde la economía combina turismo, servicios y producción regional, un sistema financiero estable y actualizado resulta clave para sostener el crecimiento sostenido.

La norma no introduce cambios de gran escala, sino precisiones técnicas que fortalecen la confianza en los instrumentos de garantía. Su publicación formaliza la vigencia para todas las entidades financieras del país.

Los bancos y operadores locales continuarán monitoreando posibles aclaraciones complementarias que pudiera emitir el **BCRA** en las próximas semanas.